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Las leyes que dieron alas a los fondos buitre

La reforma legal y la indefensión de los vulnerables ante los fondos especulativos.

El malestar ciudadano desencadenado por la pérdida de viviendas por parte de miles de familias y personas vulnerables apunta de forma directa hacia los fondos de inversión especulativos. Sin embargo, su irrupción y predominio no ocurrieron de forma fortuita; fueron propiciados por modificaciones legislativas previas que despojaron de garantías ciudadanas fundamentales y facilitaron la actuación sin obstáculos de estos actores.

El primer retroceso legislativo sustancial se introdujo en la Ley 9/2012, la cual deshabilitó la aplicación de las salvaguardas del artículo 1535 del Código Civil en la enajenación de carteras hipotecarias morosas. Dicha figura jurídica permitía al deudor liquidar el compromiso pagando el importe exacto desembolsado por el cesionario. Al venderse estos créditos con descuentos de entre el 90% y el 95%, la reforma imposibilitó que las familias conservaran sus hogares abonando cifras asumibles, garantizando un margen extraordinario a los cesionarios. Esta orientación restrictiva se reafirmó mediante la Ley 11/2015 y contó con el visto bueno del Tribunal Supremo. Según datos del informe Assets Under Management de Axis Corporate y Accenture, la cesión de créditos morosos a fondos de inversión alcanzó los 265.364 millones de euros entre 2008 y 2024.

Estas prerrogativas normativas reactivaron los procesos de ejecución, observándose un repunte del 23% en el ámbito hipotecario de acuerdo con el Consejo General del Poder Judicial en 2015. Asimismo, en el plano del arrendamiento, la aprobación de la Ley 4/2013 no dinamizó la oferta residencial, sino que acentuó la inestabilidad del sector. Dicha norma facilitó la venta rápida de carteras inmobiliarias bancarias sin pérdida de valor y supuso la desprotección de aquellos inquilinos cuyo contrato no figurara en el Registro de la Propiedad. En definitiva, la crisis del acceso a la vivienda deriva de un marco normativo opuesto a los principios constitucionales y de protección social.

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