Las solicitudes para acogerse a este procedimiento que ayuda a las personas con insolvencia a renegociar cantidades pendientes se disparan desde 2022.
«Durante 10 años mi vida fue un infierno», zanja Mario (nombre ficticio). La sociedad de la que era administrador quebró a raíz de la crisis financiera, dejándole una deuda de más de 600.000 euros a la que no podía hacer frente. «Mi empresa facturaba más de seis millones al año. Pasé de vivir en muy buenas condiciones económicas a no tener nada». Y no fue solo eso: tras el cierre de su actividad, empezaron a acumularse procedimientos de ejecución de distintas entidades, que ordenaron el embargo de sus bienes y derechos para satisfacer las deudas que quedaban pendientes. «Era avalista de una buena parte de las deudas de la sociedad y tenía que responder con mi patrimonio personal. Iba a pagar toda su vida, explica la abogada que ha llevado su caso ante el juzgado para que pudiera beneficiarse de la ley de segunda oportunidad, un mecanismo que permite a personas físicas y autónomos la cancelación, bajo ciertos requisitos, de los pasivos que han quedado sin pagar. Cada vez más ciudadanos se acogen a esta ley.
El caso de Mario se resolvió de manera favorable, poniendo fin a su agonía. «Antes de la exoneración vivía con la constante sensación de falta de libertad. El dinero que tuviese iba para pagar las deudas. Vivía con un embargo en la nómina que mes a mes limitaba totalmente mi capacidad económica y de ahorro», relata. «Piensas si realmente vas a tener que vivir así toda tu vida y qué sentido tiene. Para mí, esto supone el fin de una pesadilla», añade este gallego de 60 años, que ahora trabaja por cuenta ajena. «Puedo respirar y tratar de restablecer mi vida».
Esta segunda oportunidad permite a personas físicas y autónomos cancelar por ley las deudas a las que no pueden hacer frente, como las vinculadas a tarjetas o préstamos bancarios; otras, como las contraídas con la Administración pública o las que tienen garantía real, como las hipotecas, quedan excluidas. Entre las condiciones requeridas está actuar de buena fe, es decir, no haberse endeudado de forma temeraria, no tener antecedentes penales económicos ni sanciones administrativas graves. En otras palabras, permite hacer borrón y cuenta nueva, evitando que los afectados hipotequen su vida. La posibilidad se introdujo en 2015, y en 2022 se agilizaron los procesos con una reforma motivada por la necesidad de adecuarse a las normas europeas en materia mercantil.
«Si una deuda quedaba insatisfecha, antes el afectado arrastraba esa losa toda la vida. Eso provocaba que muchos trabajasen en la economía sumergida y no ofrecía ningún incentivo para emprender una nueva actividad, porque cualquier mejora en su posición económica iba destinada a pagar a los acreedores del anterior negocio». «La entrada en vigor de la reforma supuso un cambio de paradigma en el sector, porque antes los concursos de personas físicas eran anecdóticos o muy reducidos, siendo la mayoría mercantiles».
En la actualidad es al revés: en lo que va de 2024, el 80% de los concursos declarados son de personas físicas, y el motivo es también el cambio de requisitos para conseguir la exoneración, ya que antes había que pagar parte de las deudas para poder acceder a ella.
LAURA DELLE FEMMINE (El PAIS)